AclaraciónLa aprobación de la cursada tendrá una validez de 5 (cinco) años. Pasados 2 (dos) años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará a la propuesta de cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a la instancia de acreditación. IMPORANTE LEER:ACTA C.A.I. Nº 2/23PUNTO A) El/la estudiante que hubiere aprobado la cursada y tuviere pendiente la acreditación, podrá cursar el Unidad Curricular correlativo inmediato posterior, no así los siguientes. Sin embargo, no podrá presentarse a la evaluación final hasta tanto no acredite el espacio curricular correlativo pendiente. PUNTO C) Tal como lo determina la Resolución 4043/09, la aprobación de la cursada tendrá una validez de cinco años. Pasados dos años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará a la propuesta de cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a la instancia de acreditación. El CAI resuelve que: El/la estudiante que desapruebe 4 veces la acreditación de una misma unidad curricular, deberá recursar. |